La Cámara de Diputados aprobó modificaciones a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal para que los vehículos que transiten por las carreteras del país cumplan con una verificación física, mecánica y de emisiones contaminantes.
El dictamen también señala que todos los vehículos imporados deberán obtener una constancia de aprobación correspondiente, en los términos que marque la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT). El documento fue avalado con cambios por 350 votos a favor, 34 en contra y siete abstenciones, por lo que fue regresado al Senado de la República.
Con estas modificaciones todos los vehículos que transiten caminos y puentes de jurisdicción federal, deberán cumplir con la verificación técnica señalada, si bien los vehículos nuevos estarán exentos de la certificación por dos años a partir de la fecha de compra. Por su parte, los vehículos usados, estarán obligados a realizar esta verificación anualmente, a partir del quinto año de su venta de primera mano.
De acuerdo con lo avalado por los diputados, los vehículos usados que se importen de manera definitiva al país, deberán realizar la verificación de estos límites máximos permisibles y obtener la constancia de aprobación. La supervisión de estas unidades de verificación podrá ser realizada por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes o bien por terceros o instituciones académicas que la misma autorice, se aclara en el dictamen.
En el artículo 74 Bis se establece que la Secretaría de Gobernación (Segob), a través de la Policía Federal, impondrá sanciones por infracciones a la citada ley y reglamentos que de ella se deriven en materia de tránsito, con multa de hasta 200 días de salario mínimo.
También por conducir vehículos en caminos y puentes federales que no cuenten con un contrato de un seguro que garantice daños a terceros, con una multa de 20 a 40 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal.